Informamos que el D.L. 3.063, Ley de Rentas Municipales, faculta a las municipalidades para cobrar directamente el derecho de aseo domiciliario, por el servicio de recolección y disposición de residuos domiciliarios de la comuna.
¿Quiénes pagan derechos de aseo domiciliario? Pagan derecho de aseo todas las propiedades cuyo monto de avalúo fiscal supere las 225 UTM.
¿A quién le corresponde pagar los derechos de aseo de una propiedad? Al dueño o al ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecta al propietario.
El cobro de derechos de aseo domiciliario, se realiza en forma trimestral por el servicio de extracción de residuos sólidos de cada vivienda, cobro del derecho de aseo que se realiza directamente al dueño de la propiedad en los meses de Abril, Junio, Septiembre y Noviembre. El municipio fija anualmente la tarifa de acuerdo al costo real de sus servicios de aseo domiciliario.
Recuerden que la tercera cuota de este año vence el 30 de septiembre y que el pago debe realizarse en Caja Municipal, ubicada en el primer piso de nuestra Municipalidad, calle Aníbal Pinto 495.